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Constitución Artículo 73 bis Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Constitución
Artículo 73 bis.

El Sistema Estatal Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de los órdenes de gobierno local y municipal en el Estado de Tabasco, competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como para la fiscalización y control de recursos públicos.

Como parte integrante del Sistema Nacional Anticorrupción, el Sistema Estatal deberá coadyuvar al cumplimiento de los principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos de coordinación que se establezcan en el marco del Sistema Nacional y la Ley General de la materia.



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Artículo 1 ...72 73 73 bis 73 ter 74 ...84

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